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La nueva Ordenanza de Movilidad adapta medidas de tráfico por motivos medioambientales

La nueva Ordenanza de Movilidad adapta medidas de tráfico por motivos medioambientales
febrero 03
16:19 2016

Enmarca las restricciones de tráfico y aparcamiento de acuerdo a las últimas medidas en supuestos de alta contaminación.

Establece un modelo único de tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad

Amplía el horario para que los autónomos puedan aparcar sus vehículos industriales en la zona de estacionamiento regulado (SER)

Los vehículos multiusuarios deberán ser híbridos no enchufables o propulsados por GLP o GNC

Las restricciones de tráfico ante episodios de alta contaminación y su información a los conductores son algunas de las principales novedades de la nueva Ordenanza de Movilidad aprobada el jueves 28 de enero por la Junta de Gobierno Municipal. La nueva norma, además, establece un único modelo de tarjetas de aparcamiento para personas con discapacidad y aumenta el numero de horas que los autónomos podrán aparcar sus vehículos industriales en la zona SER, entre otros cambios.

El texto aprobado pasará a información pública en breve, y amplía y mejora la Ordenanza de septiembre de 2005 para adaptarla a la normativa vigente, en concreto a las últimas modificaciones de la Ley de Tráfico y a la Ley de Calidad del Aire y Protección a la Atmósfera.

Regulación del tráfico y estacionamiento por razones medioambientales
La nueva Ordenanza incluye las medidas específicas de restricciones de tráfico y estacionamiento que se adoptarán durante episodios de alta contaminación, así como la forma en que se informará a la ciudadanía de estas medidas. Además, recoge el régimen sancionador derivado de las infracciones por su incumplimiento, que serán las que establece la legislación vigente sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.

También se modifican los artículos 61, 63 y 67 de la Ordenanza de 2005 para aclarar las excepciones que para el régimen general de estacionamiento autorizado y regulado supone la aplicación de medidas urgentes y extraordinarias por superación de los niveles máximos permitidos de contaminación. Se trata de una modificación que da un mejor amparo a los conductores y clarifica el marco normativo de aplicación de los protocolos anticontaminación.

Estacionamiento para personas con discapacidad
Por otra parte, se introduce un nuevo título sobre tarjetas para el estacionamiento de personas con movilidad reducida, en el que se establece un modelo único de tarjeta de estacionamiento para las personas con discapacidad  y se determinan las condiciones para su utilización. Con esta inclusión se da cumplimiento a lo establecido en la disposición final primera del Decreto 47/2015, de 7 de mayo, de la Comunidad de Madrid.

Autónomos, vehículos multiusuarios y autorizaciones del SER
Otra de las novedades, cuya propuesta fue aprobada en el Pleno municipal del 30 de septiembre de 2015, es la ampliación hasta 8 horas diarias, continuas o alternas, del tiempo que los autónomos pueden estacionar sus vehículos industriales en las zonas del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER) y que hasta ahora era de 5 horas. Para hacer efectiva esta propuesta, se ha modificado el régimen jurídico del Colectivo Cualificado de Vehículos Comerciales e Industriales del SER.

En el caso de vehículos multiusuarios o “carsharing”, se elimina el requisito actual que exigía una antigüedad inferior a un año desde su primera matriculación y se modifican los requisitos de emisiones, permitiendo que sean híbridos no enchufables o propulsados por Gas Licuado del Petróleo (GLP) o Gas Natural Comprimido (GNC), con el objetivo de que los vehículos de este tipo de empresas sean limpios y así proteger la calidad del aire.

Por último, se modifican algunos aspectos de la tramitación de las autorizaciones SER para vehículos en renting, leasing o de retribución en especie. A los residentes del SER que tengan un vehículo de este tipo que no pueda ser matriculado en Madrid, no se les exigirá estar dados de alta y al corriente del pago del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica de Madrid. Sin embargo, deberán presentar declaración responsable de la empresa titular del vehículo de que no tiene domicilio legal ni sucursal en el municipio de Madrid.

Asimismo, se aclara el ámbito geográfico de la autorización de estacionamiento de los no residentes que se infería de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Estacionamiento de Vehículos en determinadas zonas de la Capital, que se circunscribe al barrio para el que se ha obtenido la autorización.

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Cholo Hurtado

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