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La Comunidad inicia la tramitación de la ley que plantea eliminar la potestad de la Asamblea de Madrid para elegir jueces del TSJM

La Comunidad inicia la tramitación de la ley que plantea eliminar la potestad de la Asamblea de Madrid para elegir jueces del TSJM
noviembre 14
20:41 2019
El texto conocido en el Consejo de Gobierno se enmarca en las medidas de la Comunidad que persiguen despolitizar la justicia.
El objetivo de esta modificación legislativa es que los magistrados sean nombrados directamente por el CGPJ.
Tras aprobarse en el Parlamento madrileño, se remitirá como proposición de Ley al Congreso de los Diputados.

La Comunidad de Madrid trabaja en la redacción del anteproyecto de Ley que plantea eliminar la potestad de la Asamblea de Madrid para proponer una de cada tres plazas de juez de las Salas de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM). El objetivo de esta modificación legislativa es permitir que los magistrados de estas salas sean nombrados directamente por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), un compromiso del Gobierno que profundiza en el proceso de despolitización, imparcialidad e independencia de la Justicia.

En concreto, el Consejo de Gobierno ha conocido un informe de la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas sobre este anteproyecto que conlleva la modificación de dos artículos: el 330.4 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y el 13.2 de la Ley 38/1998, de 28 de diciembre, de Demarcación y Planta Judicial.

En el primero de ellos se propone que en las Salas de lo Civil y lo Penal de los Tribunales Superiores de Justicia, el CGPJ sea el encargado de cubrir por concurso una de cada tres plazas por un jurista de reconocido prestigio con más de diez años de ejercicio profesional en la comunidad autónoma. Hasta ahora la elección se realiza, a partir de una terna, a propuesta de la Asamblea de Madrid.

Con el cambio legislativo planteado, las restantes plazas también serán cubiertas por magistrados nombrados a propuesta del CGPJ entre los que lleven diez años en la categoría y en el orden jurisdiccional civil o penal y tengan especiales conocimientos de derecho civil, foral o especial, propio de la Comunidad autónoma, como ya se hace en la actualidad.

En el otro artículo que se modifica, se suprime la propuesta de nombramiento entre la terna promovida por la Asamblea de Madrid y, al igual que en el anterior punto, se sustituye por magistrados nombrados por juristas de reconocido prestigio, en la forma prevista en el artículo 330 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Cuando se apruebe el anteproyecto de Ley en el Consejo de Gobierno, continuará la tramitación hasta su aprobación como proyecto y luego se enviará a la Asamblea de Madrid, que lo remitirá como proposición de ley a la mesa del Congreso de los Diputados. La ley orgánica entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Cholo Hurtado

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