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Antonio Escudero Cabello: «Las nuevas normas se ajustan más a la vivencia de los fieles y a la complejidad de los acontecimientos»

Cholo Hurtado Por Cholo Hurtado
junio 3, 2024
en featured, ENTREVISTAS, Iglesia, Doctrina, RELIGION, Internacional
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El salesiano es miembro del consejo de la Pontificia Academia Mariana Internacional y presidente de la Asociación Mariológica Interdisciplinar Italiana. Alaba las nuevas orientaciones de Doctrina de la Fe sobre apariciones y fenómenos sobrenaturales

¿Por qué cree que se han publicado ahora estas nuevas orientaciones?
Creo que tiene que ver con una proliferación de episodios porque vivimos tiempos de incertidumbre con guerras, tensiones, epidemias… Es el caldo de cultivo para que las personas necesiten buscar seguridad. Por eso, de acuerdo con mi experiencia, sé que en la mayoría de los casos que se presentan no hay necesariamente malas intenciones.

¿El alcance de los medios de comunicación actuales ha influido?
Sí, claro. Y esto es novedoso porque antes, por ejemplo, no había posibilidad de grabar en vídeo como ahora. La difusión es a nivel mundial. Cualquier cosa que pase enseguida se conoce en la otra parte del mundo. Enseguida hay un micrófono o una cámara cerca.

Hay una característica que es contradictoria y es la sobreexposición del vidente. Allí donde ha habido apariciones reconocidas, pienso en Fátima o Lourdes, los videntes tendían a esconderse, como hicieron los niños de Fátima. Donde hay una sobreexposición, desde un cierto punto de vista cristiano teológico, se plantean una serie de sospechas.

¿Cree usted que estas nuevas orientaciones protegen más a los fieles?
Sí. Creo que una de las características de documento es la pastoralidad. Y esto es lo que quiere decir eso de ponerse de parte de los fieles, tutelar la vida de los fieles. El documento, en la presentación, empieza con un talante positivo. Se reconoce la cercanía de Dios y se repite constantemente la idea de acompañar la vida de los fieles. Esto es la pastoralidad, en definitiva. En mi opinión es la mejor aportación de estas orientaciones.

Por otro lado, ¿considera que hay una cierta falta de formación mariológica?
La reflexión sobre la Madre de Jesús en muchos ambientes está un poco desprestigiada, como si no fuera necesaria. Es una urgencia porque en muchas facultades y seminarios no se estudia Mariología.

En estos casos de fenómenos sería bueno que los fieles tuvieran la capacidad de relacionarlos con una buena base bíblica, colocarlos en relación con el pensamiento manifestado a través de la vida de la Iglesia y del magisterio. Realmente hay una carencia de formación, especialmente en el ámbito mariano. Hay que decir, por otro lado, que hay fieles y pastores con muy buen sentido de la fe para elaborar criterios.

En estos casos de apariciones y manifestaciones es realmente muy complejo el conjugar lo racional con lo con lo afectivo. Se necesita un buen criterio teológico y pastoral para intervenir. O sea, ni maximalismo mariano ni tampoco minimalismo. En ese sentido, el documento también se mueve muy bien, porque establece que no cabe enseguida ni empezar a condenar todo, ni tampoco entregarse a una forma de un sentimentalismo que se aleje de criterios cristianos y teológicos.

El profesor Antonio Escudero Cabello es el presidente de la Asociación Mariológica Interdisciplinar Italiana. (Foto: Cedida por el entrevistado).

¿Seis decisiones permiten más claridad?
Sí, porque las tres conclusiones de 1978, desde mi punto de vista, no podían contemplar la complejidad de los acontecimientos, de las situaciones humanas y del camino espiritual de los creyentes. Estas seis prestan mucha mayor atención a la vivencia de los fieles. A mi modo de ver, suponen un instrumento interpretativo, un instrumento hermenéutico, que corresponde mejor a la complejidad que rodea a estos fenómenos.

Principales cambios de las nuevas normas para proceder en el discernimiento de presuntos fenómenos sobrenaturales

• La declaración de sobrenaturalidad corresponderá solo al Papa.

• El Dicasterio para la Doctrina de la Fe debe ser consultado e intervenir siempre para dar una aprobación final a cuanto ha decidido el obispo.

  1. Nihil obstat — Aunque no se expresa ninguna certeza en cuanto a la autenticidad sobrenatural del fenómeno, se reconocen muchos signos de una acción del Espíritu Santo “en medio” de una determinada experiencia espiritual, y no se han detectado, al menos hasta ese momento, aspectos especialmente problemáticos o arriesgados.
  2. Prae oculis habeatur — Si bien se reconocen importantes signos positivos, se advierten también algunos elementos de confusión o posibles riesgos que requieren un cuidadoso discernimiento.
  3. Curatur — Se detectan varios o significativos elementos problemáticos, pero al mismo tiempo existe ya una amplia difusión del fenómeno y una presencia de frutos espirituales asociados a él y que pueden verificarse. En este sentido, se desaconseja una prohibición que pueda inquietar al Pueblo de Dios.
  4. Sub mandato — Los problemas detectados no están relacionados con el fenómeno en sí, rico en elementos positivos, sino con una persona, una familia o un grupo de personas que hacen un uso impropio del mismo.
  5. Prohibetur et obstruatur — Aunque existen exigencias legítimas y algunos elementos positivos, los problemas y los riesgos parecen graves.
  6. Declaratio de non supernaturalitate — En este caso, el obispo diocesano es autorizado por el Dicasterio a declarar que el fenómeno se reconoce como no sobrenatural.Son seis las decisiones prudenciales sobre estos fenómenos. Reemplazan a las tres que recogían las anteriores normas de 1978.
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